Me dirijo a ustedes en esta ocasión con el ánimo de informarles de un tema que seguro será de su interés y de gran relevancia en su desarrollo empresarial; durante el período enero-abril de cada año, adicional al cumplimiento de sus obligaciones fiscales, existe la obligación para las sociedades mercantiles de actualizarse corporativamente para cumplir con diversas disposiciones que establecen las leyes mercantiles y civiles, esto con la finalidad de mantenerlas funcionando de manera adecuada, además de con ello buscar la protección de los intereses de sus socios/accionistas, según sea el caso, mediante una revisión obligatoria del negocio en marcha.
La Ley General de Sociedades Mercantiles establece que las sociedades se reunirán por lo menos una vez al año dentro de los cuatro meses siguientes a la clausura del ejercicio social. El objeto principal de dicha asamblea es:

- Informe de la Administración.
- Informe del Órgano de Vigilancia.
- Actualizar Libros Sociales.
Lo anterior con la finalidad de llevar un registro cronológico y actualizado sobre el estatus corporativo que guarda la empresa y además de constituir una obligación para los administradores y gerentes, es de vital importancia para cualquier operación corporativa que se pretenda realizar, lo que brindará certeza y seguridad a la marcha de su negocio, al igual que prepararla para hacer frente a cualquier revisión por parte de las autoridades, tales como la Secretaría de Economía, de Hacienda y Crédito Público, o cualquier otra autoridad y en consecuencia prevenir contingencias legales.
En conclusión, el cumplimiento a lo establecido en este ordenamiento legal tiene como objetivo principal proteger los intereses de los socios, por ello extiendo atenta invitación a ponerse en contacto con nosotros y con gusto brindarle asesoría al respecto.
Atentamente,
El equipo de Berrelleza & Asociados.